¿Te contratan en Navidad? Algunas cosas que debes saber para que no te exploten

CNT ha recordado que en estas fechas se intensifica la explotación laboral, aumentando las conductas fraudulentas por parte de las empresas.

«Por estas razones hemos respondido a las preguntas más habituales de los y las trabajadoras» -ha señalado la organización sindical.


En la campaña navideña aumenta la contratación temporal en el comercio, la hostelería, la logística y otros sectores. Está previsto que en los meses de diciembre y enero se firmen cientos de miles de contratos. “Pero la campaña navideña es también un momento de aumento en los abusos laborales y de la explotación de los trabajadores y trabajadoras”, ha resaltado CNT, que, a pesar de los beneficios que obtienen con las ventas realizadas durante esta época, “las que trabajamos solo obtenemos contratos temporales, precarios y mal remunerados”.

Por eso, según la organizacion anarcosindicalista, “es importante que conozcas tus derechos, y que te organices en el Sindicato con el fin de defender tus derechos”.

#NavidadConDerechos

¿Qué contrato debo tener?

La empresas recurren de forma masiva a los contratos temporales para estas campañas, y en concreto al contrato eventual por circunstancias de la producción, que junto al contrato por obra y servicio es el más utilizado en estos casos.

El contrato eventual por circunstancias de la producción.

Su finalidad puede ser la normal de la empresa, siempre que esta se encuentre ante una acumulación de tareas o exceso de pedidos. Es necesario que en el contrato se especifique el motivo concreto por el que te contratan bajo esa modalidad y el tiempo de duración.

La acumulación de tareas o exceso de pedidos debe ser imprevista, por lo que la campaña navideña, que se repite anualmente, debería en muchos casos ser cubierta con un contrato fijo discontinuo, siendo, en estos casos,  la utilización de contratos eventuales un fraude de ley. Infórmate al respecto.

La duración de estos contratos está limitada a seis meses en un período de un año desde el momento en que se produce la causa que lo justifica, salvo que por convenio se permita la extensión a 12 meses en 18 meses.

En estos contratos se permite una sola renovación, siempre que no se exceda el tiempo máximo legal para este tipo de contratación.

Es necesario firmar un contrato por escrito, salvo que la duración sea inferior a las 4 semanas. Es recomendable evitar los contratos verbales para evitar fraudes. Así que exige que se pongan por escrito las condiciones de trabajo.

En el caso de que llegue la fecha del fin del contrato y la empresa no comunique nada y el trabajador continúe en su puesto trabajando, se entiende que el contrato se ha prorrogado de forma tácita hasta el plazo máximo que permite la ley y a partir de este, estaríamos ante un contrato indefinido por fraude de ley.

El contrato por obra o servicio.

Es necesario que en el contrato se identifique con precisión la obra o servicio para la que se contrata y que esta tenga autonomía y sustantividad dentro de la empresa. Debe ser por tanto formalizado por escrito.

No realizarlo por escrito, o no indicar la obra o servicio de forma correcta, implica que el contrato sea considerado indefinido. De la misma forma si el trabajo se prolonga más allá de la obra o servicio indicado o se realizarán otras funciones podría ser considerado de igual forma indefinido.

Si la obra o el servicio es temporal y es para un servicio concreto y sustantivo, pero que se repite intermitentemente o de forma cíclica, la empresa tendrá que recurrir a  contratos fijos discontinuos.

No pueden tener, en el caso de aquellos inferiores a seis meses, y salvo que el convenio colectivo diga lo contrario, un período de prueba superior a un mes.

Los horarios. Abusos en la jornada laboral, horas extras o complementarias

En estos contratos de temporada se suele abusar de las horas extras, y no cumplir el descanso entre jornadas (12 horas) y el descanso semanal mínimo (día y medio). Tienes derecho a ellos, igual que cualquier otro trabajador o trabajadora con contrato indefinido. El Estatuto de los trabajadores y el convenio de aplicación establecen con más detalles los derechos que tienes en este sentido, debes conocerlos.

Recuerda que las horas extras son voluntarias y se prohíbe, salvo algunas excepciones, su realización en horario nocturno. También están prohibidas en los contratos a tiempo parcial.

Se deben abonar o compensar por descanso en los cuatro meses posteriores a su realización, y según lo que establezca al convenio. Es habitual que su precio sea mayor que la hora normal. Hay límites en el número de horas extras que puedes realizar.

Recuerda que la empresa debe mantener un registro de tus horarios, tanto tu jornada habitual, como las horas extras o complementarias, y proporcionártelos para su control.

Contratos a tiempo parcial y horas complementarias.

Las últimas reformas laborales facilitan y estimulan la contratación a tiempo parcial, que se ha convertido en una fuente de fraude y abusos laborales por parte de las empresas, al hacer contratos de pocas horas que se ven aumentados con horas complementarias, cuando no con horas extras no remuneradas o pagadas en negro o por debajo de su precio.

Trabajo en festivos.

Las características de la temporada navideña, con varios festivos del calendario laboral en ella, y las propias funciones de refuerzo de estas contrataciones, hacen probable que tengas que trabajar en festivos. Recuerda que el trabajo en festivo, dependiendo del convenio, suelen cobrarse con recargo en el precio de la hora de trabajo, o en el descanso compensatorio.

¿Me pueden pagar menos que a otros trabajadores indefinidos o de plantilla?

No, debes cobrar según lo establecido por el convenio para la categoría del trabajo realizado, de la misma forma que el resto de personal de la empresa, independientemente de la forma contractual. Tienes derecho igualmente a la parte proporcional de pagas extras y a las vacaciones que te correspondan, que debes o bien disfrutarlas o bien cobrarlas.

¿Deben indemnizarme a la finalización del contrato?

Sí, una vez finaliza el contrato deben indemnizarte. La indemnización será de 12 días en caso de finalización de tu contrato.

En el caso de un despido, antes de la finalización, o en el caso de que tu contrato temporal estuviera en fraude de ley y se considerara en consecuencia indefinida la indemnización será de 33 días por año trabajado.

Contratos en fraude de ley y sus consecuencias.

En aquellos casos en los que se pueda considerar que el contrato está en fraude de ley, bien porque el contrato utilizado no se ajusta a las funciones realizadas, o a su duración, o no se detalla los motivos de la contratación, o la obra para las que has sido contratado, realizas funciones que van más allá de la misma y otras causas el contrato puede considerarse en fraude de ley y por tanto indefinido, con la correspondiente indemnización en caso de despido.

La nulidad del despido, el derecho a reclamar tus derechos y la importancia de organizarse sindicalmente.

En contratos temporales como los que se suelen hacer en esta campaña navideña, en la que los trabajadores y trabajadoras tenemos tan poca antigüedad, las indemnizaciones, aún las correspondientes al contrato indefinido (33 días por año) son ridículas, lo que hace que el empresario pueda incumplir la ley y despedirte con un coste ridículo.

De ahí la importancia de asesorarse sindicalmente a la hora de reclamar tus derechos.

La legislación laboral establece la nulidad del despido, es decir la obligación del empresario de readmitirte y reponerte en tu situación anterior, sin que pueda optar por indemnizarte, en aquellos casos en los que exista una vulneración de derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador, o ante un caso de discriminación, además de en otros casos (despido de trabajadoras embarazadas o víctimas de violencia de género, de trabajadores o trabajadoras en reducción de jornada por cuidado de hijos, etc)

La reclamación de tus derechos laborales, mediante papeleta de conciliación, denuncia a la inspección de trabajo, o actividad sindical es uno de esos casos. Así, si tuvieras un contrato temporal en fraude de ley, y lo denunciaras, podrías conseguir que se reconociera como indefinido y en caso de despedirte, que la empresa se viera forzada a readmitirte, si se entendiera que el despido es una represalia por haber denunciado el carácter fraudulento de tu contrato.

La unión hace la fuerza

El sindicato, tu defensa.
Es en el sindicato dónde puedes asesorarte sobre tus derechos y la estrategia a seguir, y dónde puedes organizarte junto a tus compañeros y compañeras para defender tus derechos. Haz uso de ella.

DESMONTA TU ERTE: Campaña de denuncia ante el fraude empresarial

Durante la emergencia sanitaria provocada por la COVID19 más de 3 millones de trabajadores/as fueron afectados por un ERTE, tanto de reducción como de suspensión total de su jornada. Esto supuso en la mayoría de los casos la perdida de más del 30% del salario bruto. Además, la alta demanda ocasionada por el confinamiento hizo que los tramites habituales en el SEPE se complicaran para cientos de miles de empleados/as que vieron mermados seriamente sus ingresos debido a los dilatados retrasos en el pago que les correspondía. En los últimos meses del año, más de 600.000 personas siguen aun pendientes de reincorporarse tras las sucesivas prorrogas extraordinarias que se decretaron para algunos sectores.

Los ERTEs ha sido una formula de la legislación laboral que promocionó el gobierno desde marzo, que si bien ha supuesto un leve alivio para los/as trabajadores/as que no han perdido definitivamente su empleo, a acarreado otra serie de graves problemas para los/as mismos/as. La mayoría provocados directamente por el interés empresarial respecto a esta herramienta, que muchos han querido retorcer hasta el fraude. Algunos datos en el mes de octubre arrojaban que casi 2.000 empresas habían sido ya sancionadas por prácticas fraudulentas durante el ERTE, que 13.000 estabán a punto de serlo y más de 15.000 estaban siendo investigadas por indicios de ello. La Inspección de Trabajo habría detectado supuestas irregularidades en 1 de cada 16 empresas solicitantes de ERTEs, y habría reclamado más de 22 millones de euros estafados en concepto de cotizaciones bonificadas.


PREGUNTAS FRECUENTES

Me obligan a trabajar jornada completa con un ERTE de reducción 

Si estas acogido a un ERTE de reducción de jornada, solo deberías de trabajar las horas que se está dado de alta. Si por ejemplo has pasado de 40h semanales a 20h, tu jornada diaria no podrá sobrepasar las 4h.

Me piden realizar horas extras habitualmente

A excepción de causas por fuerza mayor, queda prohibido solicitar a un trabajador que haga horas extras mientras continúe su reducción de jornada.

Finaliza mi contrato temporal durante un ERTE

No está permitido y es un hecho fraudulento de parte de la empresa finalizar cualquier contrato temporal mientras el ERTE siga activo. Una vez iniciado el tramite el tiempo de estos contratos se congela y volverá a contar cuando el trabajador sea reincorporado. De igual modo, la empresa deberá incluir en el expediente a los/as trabajadores/as fijos-discontinuos.

Cobrar la prestación y trabajar a la vez 

Mientras  se esté cobrando la prestación debido a un ERTE, unicamente se podrá trabajar en empresas diferentes a la vez, cuando entre las dos no sumen más de una jornada completa. En este caso, el trabajador/a puede verse afectado/a por reclamaciones por parte del SEPE y a la devolución de las prestaciones.

ERTEs caducados

Entre las obligaciones de la empresa, consta la de enviar a la autoridad laboral y el SEPE un listado final de los/as trabajadores/as incluidos en el ERTE, además de comunicarlo a la plantilla. Si esto no ocurre, el/la trabajador/a puede pensar que se encuentra afectado/a aun habiendo quedado fuera de dicho listado, por lo que se considerará que el ERTE ha caducado y la empresa deberá abonar el salario íntegro como si hubiesen estado trabajando durante ese periodo.

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Hay que detener toda actividad económica no esencial

  • No se puede seguir exponiendo a las trabajadoras y a sus familias para que unos pocos sigan haciendo caja”, ha denunciado CNT.
  • La organización anarcosindicalista manifiesta que es impresentable el papel de los diferentes gobiernos, incluido el ejecutivo asturiano, “tomando como propios los razonamientos de la patronal

Mientras no se asegure la salud de los y las trabajadoras y sus familias, hay que detener toda actividad económica no esencial”, ha dicho CNT. La realidad es que, en la actualidad, no se dan las condiciones, ni se van a dar, de poder ir a trabajar sin riesgo de contaminarse. Es por ello que la central anarcosindicalista exige que se detenga toda actividad económica no esencial, ya que es la única manera de proteger la salud de los y las trabajadoras y sus familias.

No se pueden anteponer los beneficios empresariales ante la salud de la ciudadanía. Lo mínimo “sería que, si no se puede proteger al 100% a la plantilla, se mantenga cerrada la empresa”, ha resaltado CNT.

También recuerda a los gobiernos autonómicos y central que en Italia ya se ha ordenado el cierre de toda actividad no esencial; “algo que desde CNT, creemos que hay que llevar a cabo ya”.

Por último, hace un llamamiento a las plantillas para que tomen todas las medidas que estén en su mano si no es posible asegurar al 100% “su salud y no contagiarse”.

La salud de las personas siempre ha de estar por encima de los beneficios de las empresas, ha declarado CNT.

[Sama] Conflicto en Aguas de Langreo

Durante el lunes 17 de Diciembre, se desarrolló la 1º jornada de paro en «Aguas de Langreo», motivada por la retirada de la paga extra navideña por parte de la dirección de la empresa.

La sección sindical de CNT estuvo presente en las movilizaciones desde primera hora de la mañana: en el piquete matutino que impediría la entrada de esquiroles al centro de trabajo. Afortunadamente la acción del piquete no fue necesaria puesto que el seguimiento de la huelga fue total, a excepción de los abusivos servicios mínimos acordados por UGT y empresa.

Posteriormente los trabajadores se desplazaron hasta el Ayuntamiento de Langreo esperando, vanamente, ser recibidos por la alcaldesa, por segunda vez en una semana.

Hasta las 15:00 se mantuvo la concentración durante la cual no faltó en ningún momento el sonido de pitos y bocinas, así como el de cientos de petardos, algunos de ellos de gran potencia, que fueron explosionados en la entrada del ayuntamiento.

Descárgate el panfleto repartido: Panfleto Aguas de Langreo

[Gijón] CC.OO. despide a 17 trabajadores

Trabajadores de FOREM reclaman un cambio en las negociaciones del ERE

Los trabajadores de la Fundación de Formación y Empleo de Comisiones Obreras de Asturias se han acercado, esta tarde, a la sede de FOREM en Gijón para pegar carteles en los que reclaman un cambio en las negociaciones del ERE de extinción al que está sometida parte de la plantilla.

Si no cambian las cosas, el próximo 1 de julio, 17 empleados de la Fundación se irán a la calle. Desde la dirección de Comisiones Obreras de Asturias justifican la medida por la posible supresión de subvenciones para formación de los próximos Presupuestos Generales.
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Los empleados de FOREM insisten en que están abiertos a negociar con la patronal y comprenden que, dada la situacion de crisis actual, sea necesario recortar plantilla, pero critican que los despidos se vayan a hacer tomando en cuenta las previsones de recorte de subvenciones a formación de los próximos Presupuestos Generales, y no con hechos fehacientes.

CC.OO. no ve difícil un nuevo ERE en el Forem en 2013 y confía en que con el de 2012 pueda «tirar para delante»

El secretario de Empleo y Formación de CC.OO. en Castilla y León, Saturnino Fernández, ha admitido este lunes que no ve difícil que el sindicato tenga que aplicar un nuevo ERE en 2013 en el Foremcyl, como ha ocurrido ya este año en el que ha tenido que adoptar medidas de regulación para 110 de sus empleados con la extinción, además, de 20 contratos.

En declaraciones recogidas por Europa Press, Fernández ha explicado que el ERE aplicado en 2012 se ha realizado bajo algunas premisas presupuestarias y de programación por parte del Estado y de la Junta por lo que ha apremiado al Gobierno autonómico a gestionar con agilidad esos programas de empleo «de los que vive» el Forem, una organización «sin ánimo de lucro».

Fernández ha derivado la situación del Forem en 2013 a la programación prevista ese año y ha insistido en que la previsión para 2012 es «tirar adelante» con el ERE ya puesto en marcha.

 

CCOO PAGARA 20 DIAS POR AÑOS A SUS DESPEDIDOS

 

CCOO pagará sólo de indemnización 20 días por año a sus despedidos de Forem

CCOO de Castilla y León utilizados baremos distintos, según actúe como patronal o como central sindical.

Como empresario, el sindicato pagará a los despedidos de su Fundación para la Formación y el Empleo (Foremcyl) laindemnización mínima de 20 días prevista en la reforma laboral.

Así lo confirmó Julio Montero, que destacó el hecho de que el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) se ha pactado con el comité de empresa y ha sido aceptado en referéndum por la mayoría de la plantilla.

Sin embargo, como sindicato CCOO suele negociar con las empresas de Castilla y León EREs de extinción con indemnizaciones muy superiores a los 20 días, en algunos casos por encima del doble.

Fuente: http://www.elmundo.es/elmundo/2012/04/27/castillayleon/1335516573.html